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La jueza de la DANA pide a la CHJ aclarar si desplegó agentes para vigilar la emergencia del 29 de octubre

Valencia, 16 de octubre de 2025.
La magistrada del Juzgado de Instrucción de Catarroja, que investiga la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024, ha emitido un nuevo auto en el que requiere a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) que informe, en un plazo de tres días, si desplegó agentes para ejercer tareas de vigilancia sobre el terreno durante la emergencia, y que detalle en qué puntos se ubicaron.


La jueza centra la responsabilidad en la Generalitat

En su resolución, la instructora deja claro que la competencia en la dirección y control de la emergencia corresponde a la Generalitat Valenciana, no a la CHJ. Recuerda que así lo establece el Plan Especial de Inundaciones de la Comunitat Valenciana (PESI), donde se determina que la vigilancia de los barrancos —como el del Poyo o el del Magro— es responsabilidad autonómica.

“La claridad meridiana de la normativa y de la responsabilidad autonómica era conocida”, señala la jueza, recordando que ya desde el día anterior a la catástrofe se había advertido de la necesidad de desplegar agentes medioambientales para controlar los cauces.


La jueza niega la petición de identificar a la junta de gobierno de la CHJ

La magistrada rechaza la solicitud de varias acusaciones para identificar a los miembros de la junta de gobierno de la CHJ o a los funcionarios concretos que pudieran haber intervenido, al considerar que “no es relevante conocer su identidad, sino el lugar de actuación”.

Asimismo, descarta pedir información sobre los supuestos fallos del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) durante las lluvias del 29 y 30 de septiembre de 2024, ya que “no guardan relación con los hechos investigados” y no ayudan a determinar si el 29 de octubre, día de la tragedia, el sistema funcionaba correctamente.


Testimonios que apuntan a la retirada de agentes

En su auto, la jueza recoge las declaraciones de varios testigos del Centro de Coordinación de Emergencias (CCE) que relataron que la Conselleria de Interior negó la solicitud de agentes medioambientales para vigilar los barrancos y que se exigió que la petición se hiciera por escrito.

Según esos testimonios, la Conselleria de Medio Ambiente habría retirado sus agentes a las 11:00 horas del 29 de octubre, y el ofrecimiento del director general de dicho departamento “nunca llegó al CCE”, lo que motivó que se movilizara a bomberos forestales para asumir esa labor.


La vigilancia debía mantenerse

La jueza subraya que, con la alerta roja activada por la Aemet desde las 10:00 horas en varias zonas de la provincia, “no se entiende que no se movilizara recurso humano alguno” para vigilar los barrancos, especialmente cuando la alerta hidrológica del Poyo se activó a las 12:20 horas, justo antes de producirse las riadas mortales en l’Horta Sud.

Recuerda además que el control debía haberse extendido a los barrancos tributarios, como los de Turís o Godelleta, donde las precipitaciones fueron muy intensas y no existen medidores automáticos.

En su auto se hace referencia a una llamada telefónica realizada entre las 12:45 y las 13:15 por una técnica de Emergencias a los bomberos, solicitando que vigilaran la escala de Paiporta, lo que para la jueza constituye “un indicio claro” de la falta de seguimiento previo.


Nuevas diligencias y citaciones

La magistrada también ha emitido una providencia adicional, ordenando:

  • Requerir a testigos y técnicos de Emergencias y Aemet que autoricen la incorporación de grabaciones telefónicas del 29 de octubre.
  • Citar a un ingeniero y a otro testigo para declarar sobre un informe relativo a la presa de Buseo.
  • Solicitar un informe forense para determinar si el fallecimiento de una mujer el 6 de noviembre de 2024, en el Hospital de la Ribera, guarda relación con las circunstancias de la DANA.

Además, la jueza ha ordenado tomar declaración a los familiares de 50 víctimas mortales que aún no habían comparecido como perjudicados.


Contexto

La investigación judicial sobre la DANA del 29 de octubre sigue ampliándose. Las diligencias buscan esclarecer posibles negligencias o descoordinaciones entre administraciones que pudieran haber agravado las consecuencias del temporal, que dejó decenas de víctimas mortales y graves daños materiales en varias localidades de la provincia de Valencia.

La jueza insiste en que la alerta hidrológica nunca se desactivó, por lo que la obligación de control del territorio “siempre estuvo vigente” durante las horas críticas del desastre.

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